AUTO CONSTITUCIONAL 0135/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0135/2007-RCA

Fecha: 30-Abr-2007

a)

El Tribunal de amparo, por Auto de 6 de marzo de 2007 (fs. 49 y vta.), dispuso que el recurrente: a) Señale con precisión las generales de la parte recurrente y de los recurridos; b) Adjunte la documentación original o fotocopias legalizadas de la Resolución emitida por el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional; c) Conforme el litis consorcio necesario, considerando la Sentencia 019/2006; d) Aclare y acredite si el proceso disciplinario seguido en contra de su mandante está concluido; e) Señale las generales de ley de los terceros interesados; f) Demuestre los recursos interpuestos en las diferentes instancias; g) Acredite la excepción de prescripción opuesta; y h) Indique porque no interpuso recurso de nulidad por los actos descritos y por la composición del Tribunal Disciplinario Departamental; Auto con el que fue notificado el 8 de marzo de 2007 (fs. 50), presentando memorial de aclaración el 12 de marzo de 2007 (fs. 62 a 64 vta.).