Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0135/2007-RCA
Fecha: 30-Abr-2007
APROBAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, con los fundamentos expuestos, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución de 12 de marzo de 2007, cursante a fs. 65 de obrados, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- a)
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la LTC
- I.
- contenido
- II.3. Análisis del caso venido en revisión
- APROBAR