Teresa Vera C. de Gil, Vocal de la Sala Penal Primera y Samuel Saucedo Iriarte, Vocal de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz
En consulta el Auto de Vista 18 de 17 de marzo de 2007, cursante de fs. 7 a 8, pronunciado por Teresa Vera C. de Gil, Vocal de la Sala Penal Primera y Samuel Saucedo Iriarte, Vocal de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, rechazando la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad interpuesto por Mario Chávez Landívar, demandando la inconstitucionalidad de la frase “sin recurso ulterior” del art. 320 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP) por considerar que vulnera los arts. 7 inc. a) y 16.II de la Constitución Política del Estado (CPE) y el principio de probidad contenido en el art. 1.14 de la Ley de Organización Judicial (LOJ).
- Teresa Vera C. de Gil, Vocal de la Sala Penal Primera y Samuel Saucedo Iriarte, Vocal de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazaron
- cuya decisión dependa
- no fue corrido en traslado a la otra parte del proceso penal
- no haber establecido la relevancia constitucional o necesaria vinculación de la norma impugnada con la decisión del proceso penal
- 1º
- 2º Se llama la atención
