SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0231/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0231/2007-R

Fecha: 10-Abr-2007

1)

La autoridad recurrida en el informe escrito cursante a fs. 17 y vta., manifestó lo siguiente: 1) A horas 6:30 a.m. del 22 de enero de 2007, vía telefónica, los funcionarios de la FELCN le informaron acerca del arresto del recurrente, el que se produjo a la 1:30 a.m. de ese mismo día; por lo que presentó el inicio de la investigación en Secretaría del Juzgado de Instrucción de San Ignacio de Velasco a horas 7:00 a.m. del mismo día; 2) En la tarde de ese día, presentó ante el mismo Juzgado, imputación formal contra el recurrente por el delito de tráfico de sustancias controladas, solicitando a la vez al Juez cautelar que decline competencia al Juzgado de Instrucción Mixto de San Matías, lo que se encuentra dispuesto a la fecha; 3) El recurrente fue sorprendido flagrantemente en posesión de una “cápsula” con cocaína, en la cantidad de 12 gramos, por lo que su aprehensión fue legal y se ajustaba a procedimiento; 4) Fue designada como Fiscal para las localidades de San Ignacio de Velasco y San Matías, y el día de la aprehensión, se encontraba asistiendo a varias audiencias señaladas en el Juzgado de San Ignacio de Velasco, lo que hacía imposible su traslado a San Matías en el día, lo que hubiera provocado que el tiempo para la aprehensión venza; y 5) Dispuso el traslado del imputado a San Ignacio de Velasco, dentro del término legal ante el Juez cautelar. Por lo que solicita la improcedencia del recurso.