SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0308/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0308/2007-R

Fecha: 23-Abr-2007

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el memorial  presentado el 9 de marzo de 2007 (fs. 22 a 25), el recurrente  refiere  que su representada el 4 de marzo de 2007 a horas 3:00, al llamado de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) se presentó en dichas oficinas donde fue arrestada y conducida a celdas policiales donde permaneció por muchas horas, sin citación alguna, posteriormente mediante requerimiento del Fiscal recurrido a horas 8:30, fue  aprehendida  y puesta en calidad de depósito en dependencias de la FELCC y a horas 12:00 del medio día se le citó para que preste su declaración informativa ante el Fiscal de turno.

Señala que el 5 de marzo de 2007, su representada fue remitida ante el Juzgado Sexto de Instrucción en lo Penal ante quien expuso la existencia de estos defectos procesales, empero la Jueza recurrida dispuso su detención preventiva mediante Resolución que carece de motivación lejos de corregir procedimiento, si bien apeló de dicho Auto; sin embargo, al existir procesamiento indebido no le es exigible el principio de subsidiariedad como establece la jurisprudencia establecida en la SC 0807/2006-R de 17 de agosto.