SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0336/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0336/2007-R

Fecha: 26-Abr-2007

Fragmento 12

En consecuencia, se ha desnaturalizado la esencia de este recurso, porque ha sido presentado fuera del término establecido por la jurisprudencia  constitucional como plazo máximo para plantear una demanda de amparo constitucional, siendo uno de los elementos primordiales que lo caracterizan y le son inherentes, la inmediatez de la protección jurídica que se pretende; sin embargo, el recurrente ha incumplido con este requisito de buscar la protección jurídica inmediata, inviabilizando, por extemporánea, la aplicación de la garantía prevista en el art. 19 de la CPE, no pudiendo ingresarse al examen del fondo de la problemática  presentada.