AUTO CONSTITUCIONAL 271/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 271/2007-CA

Fecha: 24-May-2007

II.3. Análisis del caso de autos

En el caso en examen, los recurrentes demandan la nulidad del Decreto 73/2.002-2.005 “de 6 de marzo de 2006”, emitido por los recurridos -el Gran Maestro y Gran Secretario de la Gran Logia del Rito de York en Bolivia- en cumplimiento de la Resolución 014/2005 de 6 de enero de “2006” pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, constituida en Tribunal de amparo, dentro de la acción tutelar interpuesta por Orlando Águila Soto, providencia por la que se  convocó a elecciones de las Grandes Autoridades, actuando sin jurisdicción ni competencia, pues el 24 de junio de 2005, ya habían cesado en su período de tres años de funciones, incumpliendo así lo previsto por el Capítulo IV de la Constitución Masónica.