SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0383/2007-R
Fecha: 10-May-2007
denegó
La Sentencia 58/2006 de 14 de junio, cursante de fs. 92 vta. a 93 pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, denegó el recurso, bajo estos fundamentos: a) El art. 54 inc. 7) del CPP, faculta a los jueces instructores conocer todo lo referente a la incautación, ordenando o modificando cualquier consecuencia, a su vez los arts. 255.II inc. 1) y 2) del CPP otorgan atribuciones para la revocatoria de incautación, lo que significa que no se puede esperar hasta la sentencia para que el Juez tenga competencia para determinar la procedencia así como modificar o revocar cualquier aspecto sobre aquello; b) El proceder del Juez se adecuó a ley y la decisión de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz al declarar admisible el recurso e improcedente el mismo ha actuado correctamente; c) La Sentencia que se acompaña en obrados condena a ocho años de cárcel al imputado Alberto León Ochoa y absuelve de culpa y pena a Diego López, Julio Vaca y Zacarias Terrazas, (éste último acreditado como propietario del vehículo) y dispuso dejar sin efecto las medidas cautelares que se hubieran dictado en su contra.