SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0405/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0405/2007-R

Fecha: 16-May-2007

II.6.

II.6.     En la audiencia pública de aplicación de medidas cautelares, efectuada el 22 de diciembre de 2006, dentro de la etapa preparatoria de juicio seguido por el Ministerio Público contra Jorge Filiberto Guillen Camacho, por el delito de fabricación, comercialización, tenencia de sustancias explosivas, asfixiantes, etc. previsto y sancionado en el art. 211 del CP, la Jueza Sexta de Instrucción en lo Penal y cautelar del Distrito Judicial de Cochabamba, hoy recurrida, dictó el Auto de la fecha indicada, disponiendo la detención preventiva del imputado en el penal de “San Sebastián” de esa ciudad, justificando la medida, en la existencia de suficientes indicios de que el imputado es con probabilidad autor o partícipe en el hecho punible, al haber sido encontrado en posesión de material explosivo, señalando que la falta de orden de allanamiento de su domicilio, no tiene asidero legal toda vez que el propio imputado dio su consentimiento para el ingreso a su vivienda, además que se observa riesgo de fuga al no haber acreditado que tiene establecido un domicilio, una familia y una actividad lícita (fs. 70 a 71 vta.).