0440/2007-R

Magistrada:

La suscrita Magistrada ha expresado su desacuerdo con la decisión adoptada por mayoría en la SC 0440/2007-R de 4 de junio, por lo que ha emitido voto disidente en la aprobación de dicha Sentencia; toda vez que considera que el Tribunal Constitucional debió conceder el amparo solicitado. En consecuencia, de conformidad a lo dispuesto por el art. 47.II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), en el plazo previsto por dicha disposición, fundamenta su disidencia en los siguientes términos: