AUTO CONSTITUCIONAL 0168/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0168/2007-RCA

Fecha: 21-Jun-2007

rechazó

Mediante la Resolución 017/2007, el Tribunal de amparo rechazó el recurso, entre otros, con los argumentos a continuación expuestos: i) De la revisión del memorial del recurso se establece que la parte recurrente se limitó a realizar una exposición de los hechos sin hacer una relación precisa entre los derechos que se les han lesionado con los actos supuestamente "vulneradores" de los mismos, ni ha fundamentado la relación de causalidad entre el hecho, el derecho violado y/o el acto ilegal que se acusa a la "autoridad recurrida" (sic) identificando cada derecho vulnerado y explicando los motivos por los que considera quebrantados; ii)  De igual forma, se limitaron a referirse a una serie de acontecimientos, no precisando la relación de causa y efecto entre dichos hechos confusamente relacionados; iii) Tampoco fijaron con precisión el amparo que solicitan, puesto que al margen de solicitar el restablecimiento del suministro de energía eléctrica y agua potable, también solicitaron al Tribunal de amparo una serie de prohibiciones e inhibiciones que se encuentran fuera de su competencia; iv) Por otra parte, los recurrentes han incumplido lo establecido por el art. 97. II y V de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), al no haber presentado la documental extrañada que acredite lo expuesto, ni demostrado quién o quiénes tienen la legitimación pasiva correspondiente; y, v) Tampoco han señalado con precisión el domicilio de los recurridos.