RECHAZA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de la atribución conferida por el art. 31 inc. 1) de la LTC, concordante con los arts. 82.III y 33.I inc.1) de la misma Ley, RECHAZA el recurso interpuesto por Wilfredo Condori Urdininea contra Benignó Bohórquez Morales, Superintendente Departamental de Minas de Oruro y Lino Pérez Estrada, Superintendente General de Minas, demandando la nulidad del acto administrativo de 26 de abril de 2007, así como de las Resoluciones, de 6 de noviembre de 2006 y “J” 07/07 de 22 de enero de 2007.
