AUTO CONSTITUCIONAL 289/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 289/2007-CA

Fecha: 08-Jun-2007

APRUEBA

La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 31 inc. 4) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, APRUEBA la Resolución de 9 de mayo de 2007, pronunciada por el Tribunal Quinto de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, interpuesto por Remo Paco Mollo contra el art. 247 inc. 3) del CPP, modificado por la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.