APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 31 inc. 4) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, dispone APROBAR la Resolución 207/2007 de 4 de junio, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, rechazando el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Kumiko Kitaura en representación de PRODEFA BOLIVIANO JAPONÉS.
