Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0449/2007-R
Fecha: 06-Jun-2007
denegó
Por Resolución cursante de fs. 260 vta. a 261, el Tribunal de amparo denegó el recurso con la siguiente fundamentación: “Del análisis de la documentación adjuntada en calidad de prueba y las exposiciones de las partes tanto recurrente como la parte recurrida, se evidencia que no se ha transgredido ninguna norma legal por lo que no se han lesionado los derechos constitucionales que acusa la recurrente como infringidos”(sic).
- recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1.
- III.2.
- art. 97.IV de la LTC
- III.3.
- cuya mínima fundamentación exige una relación clara de causalidad entre ambos y no el mero relato de los hechos y la indicación de derechos previstos en determinados artículos
- APRUEBA