Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0453/2007-R
Fecha: 06-Jun-2007
III.1.
III.1. A los efectos de resolver la problemática planteada, es necesario precisar que el art. 5 del EFP, entre las clases de servidores públicos, en su inc. d) establece a los funcionarios de carrera señalando que éstos: “(…) son aquellos que forman parte de la administración pública, cuya incorporación y permanencia se ajusta a las disposiciones de la Carrera Administrativa que se establecen en el presente Estatuto”.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- funcionario
- no gozarán de los derechos a los que hace referencia el numeral II del art. 7' (EFP), entre ellos a la estabilidad e impugnar las decisiones administrativas relativas al retiro o que deriven de procesos disciplinarios
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- denegado
- APROBAR