SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0454/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0454/2007-R

Fecha: 06-Jun-2007

1)

El Ministro Eddy Walter Fernández Gutiérrez, en el informe escrito que cursa de fs. 35 a 36, señala: 1) Dictaron el Auto Supremo 356 de 25 de noviembre de 2005, casando el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo declararon probada la excepción previa de incompetencia, en estricto apego a la normativa vigente; 2) Los recursos que son remitidos en casación contra autos interlocutorios definitivos, como es el caso, tienen preferencia en el sorteo, en razón a que deben volver a su Distrito para continuar con el trámite de la causa hasta que se dicte Sentencia, posibilitando que la parte pueda acudir con prontitud ante la autoridad llamada por ley, evitando perjuicios consiguientes; 3) El turno es respetado exclusivamente para procesos que llegan en recurso de casación emergentes de sentencias pronunciadas sobre el fondo de la demanda y consiguiente Auto de Vista; 3) En cuanto a que sólo se hubieran pronunciado sobre el art. 101 de la LOJ y no sobre los arts. 2 y 3 del DS 23570, ello no es evidente, pues en el Auto Supremo en su último considerando, sí fundamenta adecuadamente el fallo en relación a ese Decreto.