SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0454/2007-R
Fecha: 06-Jun-2007
II.1.
II.1. En el proceso social sobre liquidación de beneficios sociales seguido por Harry Yerko Arandia Quiroga, en representación de Martín Guillermo Sotelo Winkler (representado de los recurrentes) contra “Adriática de Seguros y Reaseguros S.A.”, el Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social dictó el Auto de 7 de enero de 2004, declarando improbada la excepción de declinatoria de competencia por razón de materia y territorio opuesta por la parte demandada (fs. 96 vta. a 98 del Anexo 1); Resolución que en apelación fue revocada por Auto de Vista 043/2005 de 16 de marzo, dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declarándola probada (fs. 2 a 4).