Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0464/2007-R
Fecha: 06-Jun-2007
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, con los fundamentos expuestos, en revisión, APRUEBA la Resolución AC-038/2006 de 24 junio, cursante de fs. 234 a 235, pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz y; en consecuencia, declara IMPROCEDENTE el amparo solicitado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- constitucional al presente se encuentra radicado ante este Tribunal Constitucional en grado de revisión, de manera que su trámite materialmente no ha concluido,
- III.2. Análisis del presente caso
- fue recibido en el Tribunal Constitucional el 29 de mayo de 2006
- Es contra esta determinación que el recurrente interpone ahora el presente recurso.
- Fragmento 15
- III.3. Terminología adecuada en la Resolución de los recursos de amparo constitucional
- APRUEBA