Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0464/2007-R
Fecha: 06-Jun-2007
II.3.
II.3. En atención a la decisión asumida en dicho recurso de amparo constitucional, la autoridad demandada emitió la RA 380 de 31 de mayo de 2006 (fs. 40 a 46), por la que abrogó la RA 335 de 16 de mayo de 2006, en cumplimiento a la determinación de la Corte de amparo, confirmó la RA ARPC 105/06 de 2 de mayo de 2006, y dispuso la ejecución de la boleta de garantía presentada para el recurso de impugnación.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- constitucional al presente se encuentra radicado ante este Tribunal Constitucional en grado de revisión, de manera que su trámite materialmente no ha concluido,
- III.2. Análisis del presente caso
- fue recibido en el Tribunal Constitucional el 29 de mayo de 2006
- Es contra esta determinación que el recurrente interpone ahora el presente recurso.
- Fragmento 15
- III.3. Terminología adecuada en la Resolución de los recursos de amparo constitucional
- APRUEBA