SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0481/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0481/2007-R

Fecha: 13-Jun-2007

I.2.2. Informe de la autoridad recurrida

La jueza Edelmira Sylvia Ergueta Ayoroa, recurrida en el informe escrito cursante a fs. 19 y vta. adujo que del cuadernillo de investigaciones que acompaña como prueba se tiene que el día “viernes 27 de los corrientes”, a horas 10:35, el Ministerio Público remitió ante este Juzgado al detenido ahora recurrente Guido Villegas Uscamaita conjuntamente la imputación formal por la comisión del delito de tentativa de violación, providenciándose inmediatamente, señalándose audiencia para el día 28 de abril a horas 10:00 y notificadas las partes legalmente se hicieron presentes al actuado procesal, tanto el Ministerio Público como el imputado acompañado de un Policía y no así de su abogado, Juan Carlos Ortuño; y luego de una espera por treinta minutos, procedió  a instalar nuevamente la audiencia a horas 10:30 con la finalidad de designar un abogado defensor al no existir defensa pública en esa localidad, empero, en ese momento se hizo presente el patrocinante, instalándose nuevamente la audiencia a horas 11:00, para considerar la aplicación de medidas cautelares, habiendo el profesional abogado solicitado de forma prepotente, temeraria, maliciosa y amenazante que se disponga la libertad de su defendido, porque supuestamente transcurrieron mas de veinticuatro horas para considerar las medidas cautelares y prosiguiendo con el desarrollo de la audiencia se dispuso la detención preventiva del recurrente, siendo evidente que el abogado defensor en forma indecorosa se hizo presente en la audiencia, con una demora de una hora “agarrado” de su memorial de hábeas corpus, que fue faccionado antes de la audiencia y cuyo contenido refiere lo contrario a lo acontecido en la audiencia, haciendo referencia en forma maliciosa a las horas y minutos, por lo que solicita se declare improcedente y sea con costas y multa para el abogado patrocinante.