AUTO CONSTITUCIONAL 0188/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0188/2007-RCA

Fecha: 24-Jul-2007

I. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente refiere que en la etapa preparatoria del proceso penal que se sigue en su contra por el delito de abuso deshonesto se cometieron violaciones a sus derechos constitucionales ante lo cual presentó vía incidente la nulidad de la imputación por considerar que en su elaboración no se indicó cuál de las partes de la norma del art. 312 del CPP, es la que se le imputa, ni cuál es el grado de su participación en el supuesto delito, así como del informe pericial elaborado por Margoth del Pilar Ludueña, por considerar que fue obtenido en forma ilícita, ya que fue notificado con la designación de la perito mencionada el mismo día de la realización del peritaje sin darle oportunidad a él o su defensor de presenciarlo ni de formular alguna excusa, incidentes que fueron rechazados por el Juez recurrido y luego confirmado por los Vocales correcurridos, con lo que se ha atentado contra sus derechos a la defensa, a la seguridad jurídica y a la garantía del debido proceso. En consecuencia, corresponde determinar en revisión si el Tribunal de amparo obró correctamente al disponer el rechazo in límine del recurso.