AUTO CONSTITUCIONAL 344/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 344/2007-CA

Fecha: 05-Jul-2007

que

En cumplimiento del AC 281/2007 de 6 de junio de 2007 (fs. 34 a 39), que dispuso la devolución del recurso a efecto que el Tribunal consultante pronuncie el respectivo Auto motivado que rechace o admita promover el incidente de inconstitucionalidad, los Vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunciaron la Resolución de 12 de junio del presente año (fs. 52 a 53 vta.) que admitió promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, argumentando que aplicando el art. 8 de las Disposiciones Transitorias de la LRE, el Ministerio de Educación y Culturas ha emitido la RM 086/2006, que limita o restringe las atribuciones de la Prefectura del departamento de Santa Cruz, para convocar al examen de competencia y elección del Director del Seduca, cuando tal facultad estaría reservada a las prefecturas de departamento conforme lo disponen los arts. 109 y 110 de la CPE, por lo que al existir una duda razonable y fundada, que lesiona el derecho a la seguridad jurídica contenido en el art. 7 inc. a) de la CPE, resulta necesario someter a control de constitucionalidad la norma cuestionada por encontrarse en contradicción con los artículos constitucionales mencionados.