APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 31 inc. 4) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, APRUEBA la Resolución de 3 de julio de 2007, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Primero del Distrito Judicial de Santa Cruz, cursante a fs. 33 vta., rechazando la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulada por Florencio Jaime Colque Mendiola contra el art. 320 inc. 1) del CPP.
