Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0606/2007-R
Fecha: 16-Jul-2007
III.2.
III.2. En el caso que se examina, se evidencia que el recurrente interpuso el presente recurso contra Jorge Callisperis Raigada, quien por tratarse de un particular, Director de una Clínica privada no tiene legitimación pasiva toda vez que, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional y conforme a los precedentes glosados en el Fundamento Jurídico que antecede, el recurso de hábeas corpus no procede contra particulares pues el Estado tutela el derecho a la libertad ante la presunta lesión que pudiera causarle el poder público.