SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0613/2007-R
Fecha: 17-Jul-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que se vulneraron sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y la garantía del debido proceso, al señalar que los Vocales recurridos dictaron en apelación un Auto de Vista, en el que actuando ultra petita, anularon obrados hasta la Sentencia inclusive, cuando los apelantes, simplemente solicitaron se anule obrados hasta su notificación con la Sentencia, no habiéndose circunscrito a los puntos apelados violando los principios de congruencia y pertinencia, sin observar las normas previstas por los arts. 1 y 190 del CPC, fallando oficiosamente con exceso de poder, sobre puntos no apelados. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela solicitada.