SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0616/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0616/2007-R

Fecha: 17-Jul-2007

II.5

II.5           El 8 de marzo de 2006, la Jueza Novena de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante decreto de esa fecha, devolvió los actuados al Juzgado de origen es decir a Cochabamba, con el argumento que el Auto de 20 de febrero de 2006, no se encuentra ejecutoriado, al estar pendiente un recurso de apelación contra dicho auto  (fs. 43);  el 23 de marzo de 2006, la Jueza recurrida mediante Auto  de dicha fecha, dispuso la devolución del expediente al Juzgado de Santa Cruz,  con el argumento  que el Auto de 20 de febrero de 2006 es inapelable ( fs. 44).