Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0683/2007-R
Fecha: 07-Ago-2007
II.6.
II.6. Efectuada la liquidación de 15 de febrero de 2006, arrojó la suma de Bs7800.- con cargo al obligado, quien fue conminado a cancelarla en el plazo de tres días a partir de su notificación, la misma que se efectuó el 23 de marzo de 2006 en forma personal a “Simón Anave Vara” quien firmó al pie (fs. 17 y vta.).