SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0714/2007-R
Fecha: 17-Ago-2007
concedió
La Resolución 39/2006 de 21 de junio, cursante de fs. 118 a 119 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, concedió el recurso de amparo constitucional, dispone la nulidad del Auto de Vista S-124/2006 de 28 de marzo,ordenando se dicte nueva resolución sobre el fondo del recurso de apelación formulado contra la Resolución 82/2004, pronunciándose sobre el plazo de interposición del recurso en ejecución de sentencia, sin costas; bajo el fundamento que ya fue definido el pago o devolución de sumas recibidas cuando se suscribió el documento, así como otros pagos realizados, de modo que la Resolución impugnada constituye un acto ilegal, por cuanto el art. 15 de la Ley de Organización Judicial (LOJ), faculta al Tribunal de alzada la posibilidad de anular obrados cuando existen errores in procedendo no in judicando, en cuyo caso amerita la revocatoria de la resolución apelada, pero de ninguna manera la nulidad de obrados como acontece en el caso, en el que las autoridades recurridas ya anularon el proceso en una primera vez, oportunidad en la que deberían detectar todos los vicios de nulidad, y no dictar nuevo Auto de Vista como es el impugnado, para anular actuados procesales anteriores al Auto de Vista 338/2004 de 15 de junio, pues con ello han vulnerado los derechos y garantías del representado del recurrente referidas a la seguridad jurídica, al debido proceso y a la aplicación de los principios de congruencia y exhaustividad que deben observarse en toda resolución judicial.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Jurisprudencia constitucional
- seguridad jurídica
- garantía del debido proceso
- tutela judicial efectiva
- III.2. El caso ahora analizado
- pronunciada por los mismos Vocales ahora recurridos
- Auto de
- APRUEBA