Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0714/2007-R
Fecha: 17-Ago-2007
seguridad jurídica
Conforme al entendimiento jurisprudencial, trayendo a colación la jurisprudencia constitucional contenida en la SC 1748/2003-R de 1 de diciembre, se ha puntualizado que la seguridad jurídica ha sido entendida como la: “ (…) condición esencial para la vida y el desenvolvimiento de las naciones y de los individuos que la integran. Representa la garantía de la aplicación objetiva de la ley, de tal modo que los individuos saben en cada momento cuáles son sus derechos y sus obligaciones, sin que el capricho, la torpeza o la mala voluntad de las autoridades pueda causarles perjuicio (…) (SC 0753/2003-R de 4 de junio)”.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Jurisprudencia constitucional
- seguridad jurídica
- garantía del debido proceso
- tutela judicial efectiva
- III.2. El caso ahora analizado
- pronunciada por los mismos Vocales ahora recurridos
- Auto de
- APRUEBA