SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0730/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0730/2007-R

Fecha: 20-Ago-2007

III.1.

III.1. En la presente acción tutelar los recurrentes, solicitan su inmediata libertad,  por cuanto sus derechos al debido proceso y a la defensa, así como sus garantías constitucionales fueron vulnerados por el recurrido Juez Tercero de Instrucción en lo Penal cautelar, quien les hubo negado la nulidad de obrados solicitada dentro del proceso penal que se les sigue por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, no obstante de que esos aspectos denunciados fueron valorados en Sentencia de hábeas corpus declarado procedente en su favor. Ahora bien, para resolver lo planteado, es necesario referirse a la situación de cada uno de los recurrentes. 

          Al respecto, la correcurrente Guillermina Portiño de Ramírez, fue quien interpuso el recurso de hábeas corpus al que hacen referencia en el presente caso, contra  el Fiscal de Materia de Sustancias Controladas y un funcionario policial, por detención ilegal e indebida, mismo que fue declarado procedente mediante la Resolución 18/2007 de 8 de mayo pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, Resolución que ha sido elevada en revisión ante este Tribunal encontrándose pendiente de pronunciamiento, de lo que se advierte que la ahora recurrente ha planteado el presente recurso fundamentándolo en un anterior fallo, sin considerar que el recurso de hábeas corpus no se puede activar para lograr el cumplimiento de otro recurso o sentencias constitucionales como es su pretensión, lo que determina que este punto no sea considerado por este Tribunal; más aún si los mismos hechos denunciados en el anterior recurso también le sirven de fundamento en el actual, para demandar la ilegalidad del rechazo de la nulidad de obrados deducida, situación que tampoco puede ser considerada por este Tribunal, en el entendido de que precisamente lo que alega como defectos absolutos respecto a su  supuesta aprehensión ilegal, fue resuelto en el recurso de hábeas corpus referido.