SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0737/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0737/2007-R

Fecha: 20-Ago-2007

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente arguye que habiendo solicitado la cesación de la detención preventiva, las audiencias fijadas fueron suspendidas en tres oportunidades sin motivo alguno, involucrando vulneración del derecho a la vida por encontrarse delicado de salud, conforme se evidencia de los informes expedidos por el médico del recinto penal de San Pedro. Indica que suspendida la última audiencia que debió llevarse a cabo el 16 de mayo, la autoridad recurrida señaló una nueva para el 1 de junio del presente año, vulnerando su derecho a la libertad por tener que esperar quince días para que se defina su situación jurídica. Por lo que corresponde analizar, en revisión, si en el caso presente se debe otorgar o no la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.

El recurrente arguye que habiendo solicitado la cesación de la detención preventiva, las audiencias fijadas fueron suspendidas en tres oportunidades sin motivo alguno, involucrando vulneración del derecho a la vida por encontrarse delicado de salud, conforme se evidencia de los informes expedidos por el médico del recinto penal de San Pedro. Indica que suspendida la última audiencia que debió llevarse a cabo el 16 de mayo, la autoridad recurrida señaló una nueva para el 1 de junio del presente año, vulnerando su derecho a la libertad por tener que esperar quince días para que se defina su situación jurídica. Por lo que corresponde analizar, en revisión, si en el caso presente se debe otorgar o no la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.