SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0739/2007-R
Fecha: 20-Ago-2007
I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
El Juez Técnico del Tribunal Primero de Sentencia informó en audiencia que dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público contra el ahora recurrente y otro, el 8 de agosto de 2006 en la audiencia de constitución del Tribunal, seleccionó como Juez Ciudadano a Edwin Maina Lima, señalándose otra audiencia para agotar la lista para su notificación, ya que se constituyó un solo Juez Ciudadano. El 12 de agosto del mismo año la audiencia se suspendió por la inconcurrencia de uno de los imputados, por lo que se señaló nueva audiencia para el 14 de agosto de 2006 donde se designó al ciudadano Emilio Villavicencio. En vista de haberse agotado la primera lista del sorteo y habiendo sido designados sólo dos Jueces Ciudadanos, dispuso en dicha audiencia el sorteo extraordinario, por lo que el 17 de agosto se designó a la tercera jueza ciudadana María Bernabé Becerra Da Costa, quedando de esa forma conformado el Tribunal.
El recurso de reposición que planteó el imputado, ahora recurrente, fue rechazado porque el art. 402 del CPP establece que en la audiencia, la reposición de obrados debe ser solicitada verbalmente y no por escrito como ocurrió en el caso de autos. Actualmente se ha instalado la audiencia del juicio oral, tomándose juramento a los jueces ciudadanos, consiguientemente, la constitución del Tribunal fue realizada conforme disponen los arts. 62 y 63 del CPP y siguiendo la línea jurisprudencial establecida en las SSCC 1667/2003-R y 1704/2003-R, que aclaran el procedimiento, ya que los jueces constituidos en la audiencia extraordinaria son para completar a los ya designados en el sorteo ordinario de la primera audiencia de constitución; en ese sentido que el segundo sorteo extraordinario fue para la designación de la tercera Jueza Ciudadana. El recurrente pretende a través del presente recurso entorpecer la acción de la justicia, por lo que corresponde se deniegue la tutela solicitada.