AUTO CONSTITUCIONAL 0125/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0125/2010-CA

Fecha: 26-Abr-2008

APROBAR

El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en virtud de la jurisdicción y competencia, que le confieren los arts. 4.I de la Ley 003, 31 inc. 4) y 64.III de la LTC,  concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley,  resuelve en consulta, APROBAR la Resolución de 12 de enero de 2008, pronunciada por el Juez Segundo de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Cochabamba; y en consecuencia, RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Edgar Vitalio Bohórquez Argote en representación de CABLEBOL S.A.