desnaturalizaría la esencia protectiva e inmediata que le ha sido reconocida
El carácter restringido de la naturaleza subsidiaria del hábeas corpus desarrollado por nuestra jurisprudencia constitucional, responde a su propia naturaleza, pues desarrollar un entendimiento generalizado de esta característica y convertirlo en una instancia subsidiaria en todos los supuestos desnaturalizaría la esencia protectiva e inmediata que le ha sido reconocida no sólo en el derecho comparado, sino por la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos.
- Partes: Jesús Mamani Ventura
- I. La acción de libertad y la clasificación doctrinal del hábeas corpus
- d)
- f)
- hábeas corpus denominado correctivo
- siendo una de ellas el agravamiento ilegal de la situación del detenido o condenado”.
- no tiene como principal objetivo la búsqueda de la libertad del procesado,
- circunstancia en la que excepcionalmente
- efectivos y oportunos de defensa
- a pesar de existir mecanismos de protección específicos y establecidos por la ley procesal vigente, éstos resulten ser evidentemente inoportunos o inconducentes
- se entenderá que la vía procesal existente no es idónea, cuando se pruebe que una vez activados estos mecanismos procesales, su resolución y efectiva protección serán dilatadas,
- ante denuncia de irregularidades, actos ilegales u omisiones presuntamente cometidas por los fiscales o policías en la etapa preparatoria del proceso
- tres supuestos
- han sido construidas de manera limitativa
- desnaturalizaría la esencia protectiva e inmediata que le ha sido reconocida
- en cada caso se debe analizar sobre la existencia de medios idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad física
- inmediatos
