han sido construidas de manera limitativa
Conforme al desarrollo jurisprudencial es posible concluir que las causales de subsidiariedad excepcional del hábeas corpus han sido construidas de manera limitativa, tales los casos vinculados con medidas cautelares y los referidos a actos ilegales u omisiones presuntamente cometidas por los fiscales o policías en la etapa preparatoria del proceso; vale decir, que respecto de estas dos autoridades las posibles restricciones a la libertad deben ser denunciadas ante el Juez cautelar como órgano encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación.
- Partes: Jesús Mamani Ventura
- I. La acción de libertad y la clasificación doctrinal del hábeas corpus
- d)
- f)
- hábeas corpus denominado correctivo
- siendo una de ellas el agravamiento ilegal de la situación del detenido o condenado”.
- no tiene como principal objetivo la búsqueda de la libertad del procesado,
- circunstancia en la que excepcionalmente
- efectivos y oportunos de defensa
- a pesar de existir mecanismos de protección específicos y establecidos por la ley procesal vigente, éstos resulten ser evidentemente inoportunos o inconducentes
- se entenderá que la vía procesal existente no es idónea, cuando se pruebe que una vez activados estos mecanismos procesales, su resolución y efectiva protección serán dilatadas,
- ante denuncia de irregularidades, actos ilegales u omisiones presuntamente cometidas por los fiscales o policías en la etapa preparatoria del proceso
- tres supuestos
- han sido construidas de manera limitativa
- desnaturalizaría la esencia protectiva e inmediata que le ha sido reconocida
- en cada caso se debe analizar sobre la existencia de medios idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad física
- inmediatos
