SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1613/2010 -R
Fecha: 15-Oct-2010
deniega
Concluida la audiencia el Juez de Sentencia en lo Penal y Liquidador de las provincias Pantaleón Dalence y Poopó del Distrito Judicial de Oruro, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución de 28 de enero de 2008, cursante de fs. 50 a 52, que deniega el recurso, y también dispone la anulación de la RA 4010/07, emanada del Departamento de Trabajo de Oruro, con costas y multa de Bs500.- (Quinientos bolivianos), al recurrente, con los siguientes fundamentos: i) Ante el incumplimiento a la referida Resolución Administrativa que dispone su reincorporación, puede iniciar demanda de reincorporación ante el Juez del Trabajo y Seguridad Social; y, ii) En el presente caso, el despido se produjo el 17 de abril de 2007, hasta el 28 de enero de 2008, han transcurrido más de seis meses.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- deniega
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- III.3.
- III.4. El caso en examen
- denegado
- 1º APROBAR