SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1780/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Es la legítima propietaria de dos fracciones de terreno: el primero de 500,32 m2 situado en la zona Pacata Alta (Mesadilla) urbanización Villa Fátima distrito 26, manzana A-275, lote signado con el 4D, con el código catastral 19-130-18-1; el segundo de 500,06 m2 en la misma zona, urbanización, distrito y manzana, lote signado con el 4E, con código catastral 19-130-18-2. Ambos lotes están dentro de la jurisdicción de la Sub Alcaldía de Pacata, municipio de Sacaba, con el pago de los impuestos al día, registrados debidamente en Derechos Reales (DD.RR) de la localidad de Sacaba.
Refiere que viene realizando un trámite, en la Sub Alcaldía de Sacaba, de regularización y aprobación de dos lotes de propiedad de su representada, desde el 9 de junio de 2006, cumpliendo con todos los requisitos exigidos por la propia comuna, incluido el pago de impuestos, pero que hasta la fecha de presentación del recurso, tal trámite no concluyó, sin que se le haya dado una respuesta coherente del porque de la demora o su improcedencia, llegando a ocultar los documentos presentados e indicando reiteradamente que esos predios están en un área verde por decisión de los vecinos, situación alejada de la verdad, debido a que el propio arquitecto Roberto Zurita, Jefe de Urbanismo de la mencionada Sub Alcaldía, mediante certificación de 6 de octubre de 1998, señaló que no existe ningún área verde en los manzanos donde se encuentran los lotes de terreno mencionados.
Esa situación anómala restringe el derecho propietario de su representada, porque la Alcaldía de Sacaba, mediante la Sub Alcaldía de Pacata, sin dar explicación alguna han procedido con la construcción de una cancha múltiple en esta propiedad; además, no existe ninguna documentación que amerite tal construcción, como un trámite de expropiación, y tampoco existe una cesión por parte de la propietaria para área verde o de equipamiento, por lo que solicitó mediante memoriales, a las autoridades recurridas que paralicen tales obras, reclamos que no fueron escuchados.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1.
- 3.
- improcedente
- 2)
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- legitimación
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR