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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1944/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1944/2010-R

    Fecha: 25-Oct-2010

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    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • 1)
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
    • I.2.3. Tercero Interesado
    • 3)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • III.1.  Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
    • III.2.   Términos procesales en la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 13
    • III.3.  Del inicio del proceso, el cómputo de los plazos de duración para la extinción de la acción penal en la etapa preparatoria
    • De lo anterior se extrae que, aunque la ley no lo diga claramente, el proceso penal se inicia con la imputación formal, a partir de la cual corre el término de los seis meses de duración de la Etapa Preparatoria establecida por el párrafo primero del art. 134 CPP
    • con el Acta de imputación (imputación formal en nuestra legislación) se inicia el proceso, al igual que en nuestro sistema procesal (art. 302 CPP);
    • empieza a partir de que el Juez cautelar pone en conocimiento del encausado la imputación formal, siendo éste el actuado jurisdiccional que marca el inicio del proceso penal, y a partir de ahí, se tiene un término máximo de seis meses para presentar la acusación
    • III.4.    El caso analizado
    • con la imputación formal, momento procesal a partir del cual corre el término de los seis meses de duración de la etapa preparatoria establecida por el párrafo primero del art. 134 CPP
    • APROBAR

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