Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1945/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve REVOCAR la Resolución 02/2008 de 4 de marzo, cursante de fs. 219 a 222, pronunciada por el Juzgado de Partido y de Sentencia de Viacha del Distrito Judicial de La Paz, en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso de
- I.2.I. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso
- Fragmento 19
- III.5. Modulación de los efectos de la presente Sentencia Constitucional con relación al caso analizado
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