Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1948/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.7.
II.7. Asimismo a fs. 28 consta copia de la nota CITE: GMSS/15/2008 de 29 de enero, a través de la cual, el actual recurrente hace saber al Concejo Municipal de Sica Sica, que publicó un aviso por un medio de comunicación escrita, refiriéndose que la renuncia al cargo de Alcalde Municipal, no era de consentimiento del supuesto renunciante y actual recurrente.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- I.3.
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la renuncia al cargo de Alcalde Municipal
- Fragmento 18
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR