Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1983/2010-R
Fecha: 26-Oct-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la propiedad agraria ubicada en Cuchilluri, cantón Ulloma, provincia Pacajes del departamento de La Paz, en la cual habita desde hace aproximadamente cuarenta años atrás, se suscitaron una serie de controversias referidas a robo de ganado entre la recurrente y sus colindantes, hecho que habrían sido instigadas por los recurridos.
Señala que, el 7 de septiembre de 2008, fue notificada con una resolución emanada de la asamblea general del Ayllu Tanapaca, que disponía entre otras cosas, el desalojo de la propiedad que ocupaba, debiendo abandonar el lugar en el plazo de quince días con todos sus bienes y ganado, caso contrario, se procedería a su expulsión mediante acciones violentas.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las personas recurridas
- procedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR