Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2001/2010-R
Fecha: 26-Oct-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, 7 inc. 8) y 9 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución de 27 de junio de 2008, cursante de fs. 207 a 209, pronunciada por la Sala Social Administrativa de la Corte Superior del distrito Judicial de Santa Cruz, en consecuencia resuelve DENEGAR la tutela solicitada.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas.
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. La subsidiariedad de la acción amparo constitucional
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.4. El caso analizado
- APROBAR