1066/2010-R

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA

La SC 1066/2010-R de 23 de agosto, concede la tutela solicitada, con el fundamento que las Resoluciones impugnadas carecían de fundamentación, dado que el Auto de 13 de septiembre de 2006, pronunciado por el Tribunal de Sentencia de Copacabana, se circunscribía a señalar que se presentó prueba que no ameritaba al caso, no se precisó en qué parte del expediente se encontraban los actuados procesales que provocaron la demora y que la dilación en el proceso era atribuible al uso de distintos medios de defensa y recursos. Por su parte, -sostiene el fallo constitucional- la Resolución 263/2006, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, se limitó a afirmar que el apelante no precisó de manera concreta qué parte interviniente en el proceso provocó la mora procesal; además de ello, refiere la Sentencia objeto de la disidencia, se constató que las autoridades demandadas omitieron resolver los agravios formulados en la apelación.