Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2135/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 120/08 de 8 de septiembre de 2008, cursante a fs. 56 y vta, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; y en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada, sin ingresar a consideraciones de fondo.
- Humberto Salas Salazar y Génesis Villarroel Moreno
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2.Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.4. De la subsidiariedad excepcional del hábeas corpus, ahora acción de libertad
- 1)
- III.6. Del caso en análisis
- APROBAR