SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2135/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III.6. Del caso en análisis
En el caso que nos ocupa, los accionantes alegan la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la garantía al debido proceso, a la libertad y a la locomoción, señalando que habrían sido aprehendidos en el alojamiento “Andrés Ibáñez” en horas de la madrugada, sin que medie flagrancia ni mandamiento de allanamiento legal y que esa aprehensión, habría sido dispuesta por el Fiscal de Materia. Así mismo, añaden que habrían sido puestos a disposición del fiscal después de las ocho horas que dispone el procedimiento, por lo que se encontrarían ilegalmente detenidos, vulnerando sus derechos constitucionales.
De los antecedentes que informan el proceso, se evidencia que el Fiscal recurrido, por requerimiento fundamentado, dispuso la aprehensión de los accionantes dentro de las investigaciones por el delito de homicidio seguido a denuncia en su contra y que una vez aprehendidos fueron puestos a disposición de la Jueza cautelar; asimismo, el Fiscal presentó ante dicha autoridad jurisdiccional imputación formal por el delito de homicidio, solicitando como medida cautelar la detención preventiva de los aprehendidos; producida la audiencia de medidas cautelares, por la propia alegación del abogado de los recurrentes, la Jueza dispuso la detención preventiva, en consideración a la existencia de peligros procesales; contra esta Resolución no evidencia la existencia de recurso alguno, por lo que al momento de la interposición del presente recurso, ahora acción de libertad, no se tiene acreditado el cumplimiento del principio de subsidiariedad de la acción de libertad conforme se relaciona precedentemente.
- Humberto Salas Salazar y Génesis Villarroel Moreno
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2.Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.4. De la subsidiariedad excepcional del hábeas corpus, ahora acción de libertad
- 1)
- III.6. Del caso en análisis
- APROBAR