SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2205/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, alega la vulneración de sus derechos a trabajar y dedicarse al comercio; y, a la petición, en razón a que, el 14 de marzo de 2008, funcionarios del COA, procedieron a revisar un vehículo de transporte público, incautando su mercadería, consistente en ropa íntima de industria colombiana, procediendo en cumplimiento del Código Tributario Boliviano, a presentar sus descargos; sin embargo, fue extorsionado por el funcionario Néstor León Ballejos, quien le pidió dinero a nombre del Gerente Regional de la Aduana de Santa Cruz, por lo que presentó memoriales ante dicha autoridad y el Administrador de la Aduana Interiror y la Responsable de Lucha Contra la Corrupción, memoriales que no fueron respondidos, por lo que tuvo que acudir al Gerente General de la Aduana Nacional, quién también obvió pronunciarse, con el añadido que no se observaron plazos procesales, emitiendo la Resolución sancionatoria de contrabando AN-SCZRI-085/08, declarando probada la contravención aduanera por contrabando, disponiendo el comiso, consolidación y monetización de la mercadería, procediéndose a notificar a Erika Katherine Saldías Álvarez, cuando aún no era su apoderada. En consecuencia, se procederá a analizar si en el presente caso corresponde la concesión o no de la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Jurisprudencia aplicable al caso en cuanto al derecho de petición
- III.4.
- APROBAR,