SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2281/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, interpone la presente acción tutelar denunciando haberse vulnerado sus derechos a la libertad, a la “seguridad jurídica”, a la presunción de inocencia, a la defensa y a la garantía al debido proceso, toda vez que la Jueza de Instrucción Mixto Cautelar de Caraparí del Distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso penal que le siguen por la presunta comisión del delito de violación a menor, dispuso su detención preventiva como medida cautelar de carácter personal, no obstante de que el Ministerio Público, solicitó la aplicación de medidas sustitutivas a su detención, apartándose de la línea jurisprudencial que prohíbe a los Jueces de Instrucción la aplicación o imposición de medidas cautelares, si no es a expresa y fundamentada solicitud del Ministerio Público. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes para otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- Fragmento 4
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- hábeas corpus
- III.3.
- “Segundo Supuesto:
- Fragmento 13
- APROBAR