SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2346/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2346/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III.6. Dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Sentencia

En base a lo señalado por la SC 0203/2010-R de 24 de mayo, respecto a la permisión otorgada por el art. 48 num. 4) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), para dimensionar los efectos de las resoluciones constitucionales, como también en base al principio de previsibilidad, es menester considerar en el presente caso lo siguiente: que el Tribunal de garantías concedió la tutela solicitada, ordenado que las autoridades demandadas cesen en los actos, hechos de amenazas y restricción a los derechos de ejercicio público y derecho al trabajo, bajo prevenciones de ley, fallo que es de inmediato e inexcusable cumplimiento, de acuerdo a lo previsto por el art. 102.I de la LTC.

Sin embargo, en mérito a una interpretación previsora a la que está sujeta la jurisdicción constitucional, corresponde considerar que por el tiempo transcurrido, así como por efecto de la otorgación de la tutela dispuesta por el Tribunal de garantías mediante Resolución 07/08 de 5 de septiembre de 2008, deben dejarse subsistentes los actos que hubiesen sido emitidos en cumplimiento al fallo del Tribunal de garantías.