Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2400/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.6.
II.6. El decreto de 13 de septiembre de 2008, señala que “toda vez que el imputado no ha acreditado debidamente su incomparecencia a la citación emitida para el 8 de julio de 2008 y siendo que nunca concurre a sus notificaciones dentro del presente caso no ha lugar dejar sin efecto el mandamiento de aprehensión correspondiente” (fs. 40).
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- procedente”
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- Fragmento 13
- o cuando se emite una orden de detención, captura o aprehensión al margen de los casos previstos por Ley e incumpliendo las formalidades y requisitos establecidos por ella
- APROBAR